En opinión dividida, dos de los tres jueces del panel del Tribunal de Apelaciones al que se le asignó el caso de acceso a la información sobre concesiones contributivas fallaron a favor de mantener la información confidencial y fuera del ojo público. De igual modo revocaron la determinación del Tribunal de Primera Instancia que obligaba al Departamento de Hacienda a hacer pública información que se divulgó a la Junta de Supervisión Fiscal.
El pasado 6 de noviembre de 2018, Espacios Abiertos presentó una petición de Mandamus ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para tener acceso al informe sobre los Acuerdos de Reducción de Impuestos y otros gastos fiscales que fue preparado por el Gobierno de Puerto Rico y entregado a la Junta de Supervisión Fiscal durante el año 2017, por considerarse éste un documento público a la luz de la Ley de Documentos Públicos y la extensa jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
El Tribunal de Instancia en diciembre declaró con lugar la petición de Espacios Abiertos, y ordenó al Gobierno de Puerto Rico a divulgar la información solicitada de forma inmediata. El Gobierno de Puerto Rico por su parte, insistió en mantener la información en secreto y recurrió al Tribunal de Apelaciones para evitar la publicación en Puerto Rico de información que según explica Espacios Abiertos “es pública en los Estados Unidos y muchos otros países en el mundo”.
En sentencia escrita por la juez ponente Maritere Brignoni Mártir, la mayoría del panel con la disidencia de la juez Gina Méndez Miró, adoptó la postura de no divulgación argumentando que la Sección 208(B)(2) de la Ley PROMESA expresamente prohíbe tanto a los miembros de la Junta como a su personal divulgar el contenido del informe, y resolviendo que la limitación de divulgación del informe establecida en PROMESA se extiende al Gobernador de Puerto Rico y su representante en la Junta. Por su parte la juez Méndez Miró, en su opinión disidente expresó que “no es momento para privar al País de su derecho a conocer cómo el Estado maneja aspectos fiscales tan medulares como la otorgación de acuerdos discrecionales de reducción de impuestos a particulares”.
“¿Por qué dilatar más la publicación en Puerto Rico de información que es pública en el resto del mundo? ¿Qué espera Puerto Rico para insertarse en la corriente mundial? Puerto Rico necesita un gobierno transparente y abierto que ofrezca oportunidad de participación efectiva y real para la ciudadanía”, cuestionó la Directora Ejecutiva de EA, Cecille Blondet.
“Diferimos enérgicamente de la decisión del tribunal. Nuestro reclamo es al acceso de información que se originó en una agencia pública y de por sí esa información debe ser pública. Las leyes y la jurisprudencia de Puerto Rico son claras al respecto. Estas protegen y garantizan ese derecho de acceso a la ciudadanía. No vamos a claudicar en hacer valer un derecho que nos asiste,” añadió Blondet.
“Espacios Abiertos ha sido muy específico en su solicitud de información. El gobierno no puede seguir diciendo como antes que no tiene la información sobre las exenciones y otras concesiones contributivas. Ahora se sabe que esa información fue recopilada de forma exhaustiva en un informe y compartida con la Junta de Supervisión Fiscal. La información contenida en ese informe no está disponible en ningún otro lugar. El interés no es obtener información confidencial de nadie. Hemos reiterado una y otra vez que cualquier información confidencial de contribuyentes se tache o elimine del informe. Las exenciones contributivas son una parte de lo que se conoce como presupuesto de gastos fiscales, y en Puerto Rico esa parte del presupuesto está fuera del escrutinio público, es un presupuesto oculto. Ese es dinero del Pueblo y el pueblo tiene derecho a conocer qué se hace con su dinero”, concluyó Blondet al mismo tiempo que indicó que procurarán acudir en reconsideración al Tribunal Apelativo y recurrir al Supremo si fuese necesario.