Aquella deuda incurrida por el Gobierno para cuyo pago no se compromete el poder de imponer impuestos del Estado es lo que comúnmente se cataloga como deuda extraconstitucional. Para calcular esta deuda, se toma en consideración aquellos financiamientos con el BGF y con terceros, como emisiones de bonos de la Public Finance Corporation, una afiliada del BGF, que son pagaderos de recursos provenientes de asignaciones legislativas y otros fondos.
No hay una definición aceptada de lo que es la deuda extraconstitucional. Una definición es deuda que sobrepasa los límites constitucionales del 15% y, por lo tanto, se presume ilegal (vea) y anticonstitucional. Otro uso que se le da al término es que esta deuda es el residual después de substraer de la deuda pública general la deuda de obligaciones generales, corporaciones públicas y municipios.
La deuda de Puerto Rico asciende a más de $72,000 millones. En el 2014, representaba 110 por ciento del Ingreso Nacional de 63,000 millones. En el 2014, 17 por ciento del presupuesto consolidado de Puerto Rico se dedicaba al servicio de la deuda. El alto monto de la deuda es el reto económico más grave y urgente que enfrenta el pueblo de Puerto Rico.
Con la creciente importancia de la situación fiscal, se ha convertido en tema de discusión en el diario vivir de los y las puertorriqueñas.
Este diccionario es un esfuerzo para compilar los términos comúnmente usados en discusiones sobre la deuda. Su objetivo es lograr un mejor entendimiento del problema y fomentar la participación informada de la ciudadanía en estos debates.
Es un documento vivo y dinámico. Según las discusiones de la deuda continúan, se añadirán y se actualizarán términos, recogiendo así el léxico más actualizado.
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Apuntes técnicos: Para realizar este diccionario se tomaron definiciones de diccionarios financieros, definiciones de términos provistos en documentos del gobierno de Puerto Rico y explicaciones de conceptos disponibles en los medios noticiosos impresos y de la Internet.
Algunos términos se presentan en inglés pues su uso se hace regularmente en ese idioma y es generalmente aceptado y entendido en el lenguaje de la deuda. Cuando es necesario, se proveen ejemplos de uso para clarificar los significados. Se proveen hipervínculos a direcciones de la Internet que se utilizan en la construcción del términos. Sin embargo, no se puede garantizar que los mismos estén disponibles al momento que el lector las trata de acceder.
El Diccionario de la deuda es una herramienta de educación y apoderamiento en tiempos de crisis. Su autora es la economista y profesora, María E. Enchautegui, quien contó con la asistencia de Victoria Sofía López Esteves. Sergio Marxuach, director de Política Pública en el Centro para una Nueva Economía, hizo aportaciones importantes.